Teniendo en cuenta que la ley nacional 18.829/70, que regulaba la actividad de las empresas de viajes y turismo, fue derogada por el DNU 70/23 y, dado que la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación traspasó el registro a la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVYT), el Gobierno de Mendoza adecuó la legislación provincial, a través del Decreto 1725/24 y la Resolución 398/24, con el objetivo de facilitar la gestión de los empresarios y favorecer la seguridad y la experiencia de los turistas que visitan la provincia.
Esta modificación en la normativa local surge de la necesidad de atender la zona gris generada por la derogación de la Ley 18829, lo que impedía la habilitación del transporte turístico, servicio fundamental para un buen desempeño del turismo receptivo. En la elaboración de estas modificaciones en la normativa local participaron los equipos legales del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y de Desarrollo Territorial y del Ente Mendoza Turismo.
Al respecto, la presidenta del Emetur, Gabriela Testa señaló que «la resolución es obligatoria solo para aquellas agencias de viajes que tengan necesidad de habilitar transporte turístico, como así también para toda nueva empresa de turismo receptivo que tenga interés de participar en las acciones promocionales y beneficios que el Ente de Turismo disponga, ya que la formalidad de las empresas y la competencia leal son condiciones básicas en la sostenibilidad del destino».
La funcionaria agregó que «como todos los trámites que se gestionan en el Emetur, los trámites mencionados son digitales y cuentan con el asesoramiento del equipo técnico. Además, la tramitación de la que estamos hablando está libre del pago de tasas».
Por su parte, el presidente de la Asociación Mendocina de Agencias y Viajes y Turismo (Amavyt), Guillermo Sallitto celebró la iniciativa, por devolverle el marco legal al sector. «Desde Amavyt y FAEVyT festejamos la resolución, ya que las agencias de viajes estamos amparados nuevamente y no quedamos a la deriva, como allá en diciembre del 2023, cuando se derogó la ley 18829», dijo.
Desde el Ente Mendoza Turismo destacaron que los nuevos agentes de viajes, que opten por inscribirse en el Emetur, deberán contar, entre otros requisitos, con la tramitación de su registro en la FAEVyT, el cual es autogestionable, no tiene costo, ni exige ser socio de la correspondiente regional de esta federación.
En nuestra provincia, FAEVyT es representado por la Asociación Mendocina de Agencias de viajes y Turismo, AMAVYT, que presta asesoramiento al respecto. Por otra parte, el registro nacional de FAEVyT fue promovido recientemente por la Cámara Argentina de Turismo, a partir de un Convenio que establece que aquellas agencias que pretendan participar en misiones al exterior deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Agencias de Viajes de esta federación.
Cabe aclarar que el Registro del turismo estudiantil continúa bajo la potestad de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, organismo que aprobó el nuevo Reglamento de Turismo Estudiantil, derogando la Resolución N°23 del 2014. Esta norma establece el otorgamiento del certificado nacional de autorización para agencias de turismo estudiantil, a aquellos que organicen, en forma directa, paquetes turísticos para este tipo de turismo. Para mayor información se sugiere acceder al link https: www.argentina.gob.ar/interior/turismo/estudiantil.
De esta forma, no solo se facilitan las gestiones para favorecer el trabajo de los empresarios y profesionales mendocinos que cumplen con sus responsabilidades ante el Estado, sino que también contribuye a preservar la seguridad, la calidad de la experiencia turística y la imagen de la marca Mendoza.