España impondrá una cuarentena de 10 días a los viajeros provenientes de la Argentina, Colombia, Bolivia y Namibia, anunció este sábado el Gobierno de Pedro Sánchez. La medida entrará en vigor a partir del 27 de julio y se estableció por un período inicial de 14 días renovables.
De acuerdo con la Orden del Ministerio de Sanidad español, publicada este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE), la cuarentena podrá ser reducida a siete días si el viajero presenta un test negativo el séptimo día. Según se informó, ladecisión tiene por objetivo frenar la propagación de nuevas variantes de Covid.
“El análisis de los indicadores correspondientes a determinados países muestra una evolución muy desfavorable en su situación epidemiológica que aconseja la adopción de medidas extraordinarias a las personas que procedan de los mismos, con el fin de identificar eventuales casos importados y limitar la difusión incontrolada a partir de ellos”, justifica la orden ministerial, y aclara que, entre otros factores, se tuvieron en cuenta las “altas incidencias acumuladas, la tasa de positividad, la tasa de pruebas diagnósticas y la tasa de población vacunada” en los mencionados territorios.
La norma especifica que deberán cumplir con la cuarentena quienes viajen a España desde cualquier aeropuerto ubicado en la Argentina, Colombia, Bolivia y Namibia, en vuelos con o sin escalas intermedias. Aclara que solo quedarán exceptuados los “pasajeros en tránsito que sean residentes, o sean titulares de visados de larga duración de países UE y Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino, que se dirijan a ese país” y el “personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo”.
Quienes deban cumplir con el confinamiento estarán obligados a permanecer en su domicilio o alojamiento durante el período establecido. Tendrán que limitar sus desplazamientos, así como los accesos de terceras personas, a los imprescindibles para la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; y causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
Durante el aislamiento, las autoridades sanitarias españolas podrán contactar a los viajeros para realizar tareas de seguimiento. Además, la orden ministerial advierte que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad “podrán realizar en cualquier momento las comprobaciones oportunas sobre el cumplimiento de las condiciones de cuarentena establecidas”.
Por último, señala que ante cualquier sospecha de síntomas de Covid, las personas en cuarentena deberán “contactar por teléfono con los servicios sanitarios mediante los números habilitados por las comunidades autónomas, indicando que se encuentran en cuarentena en aplicación de esta Orden”.
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