Los jubilados y pensionados que quieran acceder a la cobertura total (100%) de medicamentos deberán tramitar un subsidio social, según anunció PAMI. Los interesados no deberán tener prepapaga y percibir ingresos netos menores a $389.398 (1,5 haberes previsionales mínimos). Sumado a esto, no deberán ser tener un inmueble a su nombre y, en caso de ser titular de un automóvil, el vehículo deberá tener más de 10 años de antigüedad.
Quienes no hayan tramitado el subsidio social o no lo necesiten, los descuentos para los medicamentos del PAMI se mantendrán entre 80% a 50%, según el beneficiario y tipo de tratamiento.
Dónde se realiza el trámite del subsidio social del Pami
- A través de la página web del PAMI: se puede gestionar desde el celular o computadora a través del sitio web de PAMI.
- De forma presencial: se puede tramitar en las agencias de PAMI de todo el país, pero es conveniente sacar turno previamente de forma online para recibir una mejor atención.
Qué documentación hay que presentar para tramitar el subsidio del Pami
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Receta médica emitida por el médico de cabecera o un especialista. Debe especificar el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión)
- Declaración jurada de datos personales (el formulario se descarga de la web de Pami)
- Si el afiliado solicita la cobertura con subsidio de más de 4 medicamentos, se deberá presentar elformulario de medicamentos
Quiénes pueden iniciar el trámite del subsidio socia
El trámite podrá realizarlo el jubilado o pensionado afiliado, su apoderado o familiar.
Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio social del Pami
- Percibir ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos ($389.398). En caso de convivir con una persona que posea el Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos totales del hogar no deben superar los 3 haberes mínimos previsionales.
- No estar afiliado simultáneamente a un sistema de medicina prepaga.
- No ser titular de más de un inmueble.
- No ser propietario de un vehículo con menos de 10 años de antigüedad, salvo en los hogares con convivientes que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, se permite ser titular de un vehículo con menos de diez años de antigüedad.
- No poseer aeronaves ni embarcaciones de lujo.
- No tener activos societarios que reflejen capacidad económica suficiente.
Si el afiliado no cumple con los dos primeros puntos y el gasto en medicamentos indicado para su tratamiento representa un 15% o más de sus ingresos, podrá solicitar el 100% de cobertura en medicamentos mediante un análisis de excepción en que se evaluará la situación económica particular. Para ello, será necesario:
- Presentar un informe social (Disposición 7339/GPSyC/13) y aplicar la escala de vulnerabilidad socio-sanitaria (Disposición 306/GPSyC/05).
- Contar con una revalidación médica.
Los Afiliados Veteranos de Guerra del Atlántico Sur no están alcanzados por estas limitaciones y podrán acceder directamente a la cobertura correspondiente.