El decreto 1084/2024, publicado por el Gobierno nacional este martes en el Boletín Oficial, prohibe la propaganda política partidaria en edificios públicos de la Nación. También estableció una serie de límites para denominarlos.
Se trata de una nueva medida llevada adelante por el presidente Javier Milei que ya comienza a regir para estos establecimientos. En concreto, lo que se prohíbe es la “exhibición , colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado Nacional”.
Por su parte, también se determinó que no se podrá denominar a dichos edificios con nombres de personalidades políticas antes de transcurridos los 10 años desde su fallecimiento o desaparición física o desde los acontecimientos históricos que se pretendan honrar.
Un claro ejemplo que dio el Gobierno antes de tomar esta medida por decreto fue el caso del Centro Cultural Néstor Kirchner, que pasó a llamarse Palacio Libertad, dejando atrás el nombre del expresidente de la Nación. También se quitó un busto de Kirchner del edificio de Anses y de la Cámara de Senadores, tras una decisión de Victoria Villarruel.
El decreto agrega: “Prohíbese a los funcionarios públicos, independientemente de su rango y modo de designación o contratación, utilizar recursos o bienes del dominio público o privado del Estado Nacional con la finalidad de promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal”.
En caso de que un ciudadano detecte que un nuevo establecimiento nacional fue denominado en honor a un político de turno, puede denunciarlo ante las autoridades a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia).
Mientras tanto, si un funcionario viola esta nueva ley, el decreto aclara que se constituye una infracción grave en el ejercicio de la función pública por lo que se tendría que hacer responsable de las cuestiones adminsitrativas, patrimoniales o penales que le correspondan.
Lo que entiende el Gobierno nacional es que estos establecimientos u obras públicas deben ser otorgados por los funcionarios públicos con imparcialidad de los recursos utilizados. “Los principios republicanos que se expresan en la neutralidad de la administración pública implican la irrestricta separación jurídica y material entre los bienes y las actividades partidarias”.
Finalmente, entre los fundamentos de la medida que lleva la firma de Milei y del jefe de Gabinete Guillermo Francos se indica que las obras públicas, monumentos y edificios no deben estar basados en intereses políticos partidarios para no desvirtuar la finalidad y el significado cultural o histórico de dichos bienes.