El Poder Ejecutivo promulgó una reforma clave a la Ley de Tránsito y Movilidad de Mendoza que introduce cambios significativos respecto al uso de teléfonos móviles al conducir.
La norma, aprobada por la Legislatura, autoriza explícitamente el uso de sistemas de manos libres para hablar por teléfono mientras se conduce. La normativa, que entra en vigencia hoy, busca aclarar un punto que generaba dudas entre los conductores.
Anteriormente, la ley prohibía de forma general el uso de teléfonos móviles en los vehículos, sin excepciones claras. Ahora, el inciso 9 del artículo 52 de la Ley de Tránsito N° 9024 establece que queda prohibido utilizar “sistemas de comunicación que impliquen operación manual, telefonía móvil, lectura de mensajería instantánea y auriculares, salvo que se mediante tecnología realizada de manos libres que no interfiera con la conducción”.
Esto incluye la posibilidad de leer mensajes y realizar llamadas mediante sistemas bluetooth o de lectura electrónica. Aunque no se menciona específicamente el uso del altavoz convencional del teléfono, la redacción sugiere que podría estar permitido.
Otro aspecto central de la reforma es la reglamentación del uso de teléfonos móviles para servicios de entrega, actividad que se realiza mayoritariamente en motos. La normativa permite utilizar sistemas de geolocalización, como Google Maps, siempre que los dispositivos estén asegurados en un soporte fijo que no interfiera con la conducción ni obstaculice la visibilidad.
Esto aplica a cualquier tipo de transporte utilizado en actividades de reparto, garantizando una operatividad segura y ajustada a las nuevas disposiciones.
Fuente: El Sol