El Ministerio de Salud Desarrollo Social y Deportes informa que se realiza un llamado a concurso de ingreso para cubrir cargos de profesionales de la salud. Las personas interesadas pueden inscribirse de hasta el 31 de julio.
Con el objeto de continuar el camino iniciado en el Concurso de Ingreso de Carrera Médica 2018, el ministerio efectúa un nuevo llamado con el fin de realizar las designaciones de personal médico a través de concursos de ingreso, pudiendo de esa forma cubrir las vacantes correspondientes al personal comprendido en el Convenio Colectivo de los Profesionales de la Salud, Ley 7759.
Las especialidades propuestas en este llamado son Pediatría, Clínica Médica, Medicina de Familia, Tocoginecología, Cardiología, Neumología, Ortopedia y Traumatología, Cirugía, Neonatología, Psiquiatría Infanto Juvenil, Anestesia, Terapia Intensiva Adultos y Medicina Laboral.
Los requisitos, condiciones e instrucciones para inscribirse y concursar se pueden consultar aquí o solicitar información al Departamento de Concursos y Selección de Personal, a los teléfonos 2604 240300 y 424290 (conmutador), 2604 517943, Departamento de Enfermería, o al correo [email protected]
Los requisitos para poder concursar son:
Formulario de inscripción al 5to. llamado a Concurso de Ingreso a Carrera Médica 2023
Certificado de matrícula profesional vigente, que se tramita aquí.
Certificado de Ética Profesional emitido por el Departamento de Consejos Deontológicos, tramitar aquí.
Certificado que acredite la especialidad a concursar en la Provincia de Mendoza, emitido por el Departamento de Consejos Deontológicos, tramitar aquí.
Expresa conformidad al proceso concursal dispuesto por la Resolución Nº 3056/2022: este requisito está incluido en el «Formulario de Inscripción» del punto 1, por tanto, al firmar mencionado formulario se expresa la conformidad y no es necesario realizar otro certificado
Expresa conformidad a los procedimientos comprendidos en la entrevista personal: Consentimiento informado para entrevista personal con Tribunal Examinador según anexo III de Res. Nº 1377/2023 y su ampliación Resolución N°1475/2023
No encontrarse inhabilitado judicial y/o administrativamente para el ejercicio de la profesión: este requisito está incluido en el «Certificado de Matrícula» del punto 2, por tanto, al realizar mencionado certificado ya se cumple lo requerido y no es necesario realizar otro certificado.