En el caso del personal militar de las Fuerzas Armadas y la Policía de Establecimientos Navales, la Resolución Conjunta 2/2021 del Ministerio de Economía y del Ministerio de Defensa, establece la necesidad de "reconocer una adecuada jerarquización con relación a la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad".
La decisión lleva la firma de los ministros Martín Guzmán; y Agustín Rossi.
La norma especifica, en dos anexos, los montos de los haberes mensuales correspondientes al personal "a partir de febrero, marzo y mayo de 2021".
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Del mismo modo, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, junto con la cartera económica, establecen los haberes para el personal del SPF en la Resolución Conjunta 1/2021, firmada por el ministro Guzmán y su par de Justicia, Marcela Losardo.
Allí se especifica "a partir del 1° de febrero de 2021 el haber mensual" y también "los importes correspondientes a las compensaciones por “Fijación de Domicilio”, “Variabilidad de Vivienda”, y “Título Académico”.
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Disponen también montos para el suplemento particular por “Zona Sur”; el régimen de viáticos, el complemento particular “Función Ejecutiva” y los importes correspondientes a “Resarcimiento de Gastos” y “Reintegro de Gastos de Sepelio”.
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