El Gobierno de Javier Milei emitió el decreto 1081 en el que baja la edad mínima de portación de armas a 18 años. La norma modifica el artículo 55 de la Ley de Armas y Explosivos, que antes establecía la edad de 21.
El documento, que lleva la rúbrica del jefe de Estado, de Guillermo Francos (Jefe de Gabinete) y de Patricia Bullrich (ministra Seguridad), confirma el cambio del inciso 1 del artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N.º 20.429 y sus modificatorias, “aprobada por el Decreto N.º 395 del 20 de febrero de 1975 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera: Ser mayor 18 años“.
A su vez, establece una serie de requisitos para que los jóvenes de 18 deban cumplir en caso de que quieran portar un arma de fuego. Entre ellos se encuentran no tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, la acreditación de datos personales bajo dependencia policial, y “la no existencia de antecedentes policiales o penales”.
Esta medida comenzó a gestarse en mayo de este, cuando el Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de simplificación y regularización de portación de armas. En ese mismo esquema, señalaban además que simplificarían los trámites correspondientes, para que los usuarios puedan declararlas y/o solicitar la destrucción de las mismas de forma anónima.
Desde la cartera que encabeza Bullrich argumentaron la necesidad de actualizar el régimen de trámites para poder “tener un registro de armas transparente, completo y con procesos modernos”, ya que se estipula que hay más de 800.000 armas de fuego bajo tenencia irregular en la actualidad.
De igual modo, en Casa Rosada remarcaron la importancia de llevar a cabo este cambio para continuar con “el combate a fondo contra los delincuentes que, con armas ilegales, ponen en riesgo la vida de todos los argentinos”, habilitando de esa manera a que los ciudadanos puedan poseer armas de fuego en sus casas de forma legal.
La propuesta incluía también la prorrogación del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego por cuatro años, con la finalidad de que los usuarios pudieran entregar sus armas de forma anónima para que estas sean destruidas.
Los requisitos
El Gobierno decidió no modificar los demás requisitos y controles establecidos por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), organismo encargado de regular la tenencia y portación de armas en el país.
Los tres requisitos para adquirir o poseer armas son:
- Ser mayor de 18 años.
- No presentar anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante para la tenencia de armas de fuego. Cuando existieren razones fundadas, podrá exigirse la presentación de certificado médico.
- Acreditar ante la dependencia policial con jurisdicción en el domicilio del interesado, identidad, domicilio real y medios de vida lícitos. Esta emitirá certificación al respecto así como de la no existencia de antecedentes policiales o penales e imprimirá un juego de fichas dactiloscópicas con destino al Registro Nacional de Armas.
Fuente: El Sol