Con el objetivo de permitir el ingreso de capitales privados al fútbol, el Gobierno dio un paso clave hoy con la reglamentación para que los clubes puedan convertirse en sociedades anónimas, sin que esto suponga una sanción de la AFA o sus respectivas federaciones y ligas. Por decreto, el presidente Javier Milei le dio a la entidad un año para adaptar sus estatutos a fin de que las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) puedan competir con libertad.
El primer mandatario inició en diciembre el camino hacia la llegada de las SAD, puesto que fue uno de los puntos incluidos en el mega decreto de desregulación de la economía, con el que el mandatario inició su gestión. El presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, rechazó la medida y convocó a los clubes para que aprueben una resolución que prohíbe el ingreso de capitales al fútbol.
En el artículo 2 del decreto 730 publicado hoy en el Boletín Oficial, se incluye una cláusula clave en la Ley del Deporte que establece que, más allá de que las entidades puedan tener un plazo de un año para adaptar sus estatutos y reglamentos “durante el curso del plazo otorgado (…) no podrán impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, originaria o derivada, si aquella está admitida por la Ley N° 20.655 y sus modificaciones y complementarias”.
Se trata de una decisión de enorme importancia la que tomó el gobierno de Milei, porque Tapia, en la última reunión que convocó de la conducción de la AFA, ratificó que cualquier club que acepte el ingreso de capital privado será sancionado, incluso con la expulsión, y se le impedirá su participación en competencias oficiales. El presidente de la AFA desde que Javier Milei firmó el decreto 70 que dio libertades a los clubes para que acepten el ingreso de capitales privados encabezó una fuerte resistencia contra esa reforma.
Implica un cambio que el gobierno nacional y sectores amplios del mundo deportivo -no sólo del fútbol, sino también de otras disciplinas como el hockey, el rugby y el básquet- la identifican como una llave para crecer. En la actualidad, la mayoría de los clubes tienen sus números en rojo, con equipos que no pueden retener a sus figuras y con instalaciones golpeadas por años de desinversión.
Esta mañana, uno de los impulsores de la reforma, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger le envió un fuerte mensaje a la AFA de Chiqui Tapia: “¿Por qué le tienen miedo a que sus socios elijan con mayor libertad como organizarse? ¿Por qué tienen miedo de que entren capitales al fútbol? ¿Tienen miedo de que con clubes más fuertes no podrán dominarlos? ¿Tienen miedo qué con mecanismos de gestión más transparentes aumentará el poder de los clubes en detrimento de la AFA?”
“Queda para la reflexión individual de cada uno entender y evaluar por qué la AFA le teme a la libertad de sus socios. Nosotros por el contrario estamos convencidos de los beneficios de la libertad y de la necesidad que tiene nuestro fútbol de recibir más inversiones. Queremos un futbol desarrollado para que podamos ver crecer a nuestros jugadores acá y no tener que verlos jugar en la Premier, un campeonato donde los clubes son sociedades comerciales hace tiempo”, consideró.
En el decreto que firmó Milei y que entrará en vigencia a partir de mañana se establece que las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas tienen un año para cambiar sus estatutos en línea con las nuevas disposiciones. Y destaca que para cambiar la estructura societaria sólo será necesaria la aprobación por mayoría de aquellos que participen en “la asamblea extraordinaria de la asociación que considere la decisión de transformar a la entidad en sociedad anónima o resuelva ser socia de sociedades anónimas”.
Es que hasta ahora, sólo podía tomarse una decisión de ese tipo si la aprobación se hacía mediante la aprobación de todos los integrantes de la asociación civil.
“Las organizaciones integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física que modifiquen o hubieran modificado su estructura jurídica adoptando algunas de las figuras contenidas en el artículo 19 bis de la Ley Nº 20.655 y sus modificaciones tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida”, sostiene el decreto.
A mediados de julio, la Inspección General de Justicia emitió una resolución que establece una serie de desregulaciones y flexibilizaciones de trámites, entre los que se encuentran los relacionados con las SAD.
“Que, atento a lo dispuesto en los artículos 346 y 347 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 (…) debe aceptarse la participación de las asociaciones civiles y fundaciones como accionistas en sociedades anónimas y la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas; así como simplificarse la inscripción de entidades de bien común constituidas en el extranjero para el desarrollo de su actividad en la República Argentina”, estableció la normativa.
En un comunicado difundido por la AFA cuando se difundió la resolución de la IGJ, y con impulso personal de Tapia, la Asociación del Fútbol Argentino emitió un comunicado que transparentó la posición: “(Las resoluciones tomadas por la Inspección General del Justicia) no obligan ni inciden en forma alguna en el estatuto social de la AFA, continuando, siendo un requisito indispensable para ser miembro de AFA el ser una ‘Asociación Civil sin fines de lucro’, tal como lo decidieron libremente las entidades miembros de AFA”.
“Ni la AFA ni sus entidades miembros se encuentran en oposición a las llamadas Sociedades Anónimas Deportivas y/o a que cada asociación civil (club, sea cual fuere su actividad) pueda decidir libremente la estructura jurídica a adoptar; ahora bien, a lo que sí se opone AFA y sus entidades miembros, puesto que es palmariamente inconstitucional, es que se quiera obligar a cualquier ente privado (la AFA y cualquier asociación civil, lo es) a asociar a entidades con diferente estructura jurídica a la de sus actuales miembros en clara oposición a sus estatutos conforme así lo establecieron sus socios”, consignó esa declaración que en los hechos implica la expulsión de cualquier club que decida con libertad permitir el ingreso de capital privado.
Por redes sociales, Sturzenegger destacó que el decreto reglamentó “las condiciones bajo las cuales los clubes podrán transformarse en sociedades anónimas o participar en figuras de este tipo; a su vez determina el plazo en el cual las federaciones que operan bajo el imperio de la ley de 20.655 deben adecuar sus estatutos a la ley”.
“Los cambios introducidos por el presidente Milei solo apuntan a dar mayor libertad a los socios. El club es de los socios, pero a partir de ahora esos socios podrán elegir con mayor libertad cómo organizar su club. Nadie impone nada. Solo se amplían libertades”, afirmó el ministro y agregó: “Las nuevas figuras societarias apuntan a generar mayor transparencia y permitir una estructura legal que sea compatible con la inyección de capital en la actividad. Mayores inversiones redundarán en una mayor calidad para nuestros deportes”.
“Para incorporar capitales un club no necesita integralmente convertir su forma societaria: puede hacerlo solo con un deporte en particular (fútbol, digamos) donde la asociación civil es accionista y beneficiaria de la rama que maneja ese deporte y que recibe capitales privados. El esquema de participación y asociación lo eligen los socios si lo estiman conveniente”, manifestó el funcionario, al tiempo que agregó que “el cumplimiento de la ley no es opcional. Pero independientemente de que hayan adecuado o no sus estatutos la ley es clara: los clubes pueden elegir la forma societaria en la que quieran operar. Esto no depende del estatuto de la federación porque lo dice la ley”.
“Ninguna federación puede prohibir o discriminar a un equipo por su forma societaria. Si lo hace incumple la ley 20.655. Y eso es válido hoy”, consideró.
Fuente: Infobae