El Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a través de la Subsecretaría de Justicia, convocó a un concurso público para la contratación de abogados conciliadores.
Específicamente, la convocatoria es para desempeñar funciones como conciliador laboral en las localidades de General Alvear, Tunuyán y Malargüe; y conciliadores civiles y comerciales en la segunda circunscripción judicial.
Las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, especifican los detalles del concurso y los requisitos para los postulantes interesados. Las inscripciones para ambos concursos serán el 14 y 15 de agosto y deberán ingresar al link disponible en la web del Gobierno de Mendoza: www.mendoza.gov.ar.
Las bases y condiciones para el concurso de Conciliadores Civiles es: www. mendoza.gov.ar/gobierno/oficina-de-conciliacion-civil. En el caso, de la Oficina de Conciliación Laboral, deben ingresar a : www. mendoza.gov.ar/gobierno/oficina-de-conciliacion-laboral.
Convocatoria para concurso de postulantes a la función de conciliador civil y comercial para la segunda circunscripción judicial de la provincia de Mendoza
La Oficina de Conciliación Civil y Comercial (OCC) tiene a su cargo una instancia extrajudicial llevada a cabo por abogados conciliadores que funcionarán en el ámbito de la Subsecretaría de Justicia como una etapa obligatoria previa al inicio de aquellas actuaciones judiciales de competencia de la Justicia Civil, de Paz Letrado y Departamentales, salvo las excepciones previstas en el mismo texto legislativo.
Se convoca a concurso público de antecedentes y oposición a todos aquellos Abogados/as que estén interesados en postular a la función de CONCILIADOR CIVIL Y COMERCIAL PARA LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE MENDOZA» (Ley provincial Nº 9388 y Resolución Nº 33/23).
Pueden postular quienes posean título de Abogado/a con una antigüedad no inferior a cinco (5) años desde su matriculación. (Art. 10 Ley Nº 9388 y cc), y quienes no estén incursos en las causales de prohibición e inhabilidad previstas en el Artículo 11 de la Ley Nº 9388.
La documentación requerida según el art. 10 res. 33/23 es:
-Informe de Tribunal de Ética del Colegio de Abogados y Procuradores relativo a sanciones disciplinarias.
-Constancia de matriculación con una antigüedad no inferior a cinco (5) años desde su matriculación expedida por el Colegio de Abogados y Procuradores.
-Constancia Fiscal (AFIP).
-Constancia de emisión de voto de la última elección o en su defecto constancia de no infractor.
-DNI (frente y dorso).
-Antecedentes académicos del postulante y su respectiva documentación
respaldatoria.
-Declaración jurada firmada, donde consigne: Nombre y apellido del postulante, número de documento de identidad, exprese poseer domicilio real y legal, en la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia, denuncie Número de Matrícula y Correo Electrónico donde serán válidas todas las notificaciones. Teléfonos de contacto. Como así también enumere y detalle los antecedentes y documentación respaldatoria que acompaña.
Concurso para la función de conciliador laboral para los departamentos de Tunuyán, General Alvear y Malargüe
La Oficina de Conciliación Laboral (OCL) es una oficina a través de la cual el trabajador puede hacer efectivo un procedimiento de conciliación. De esta manera, se puede poner fin a la relación laboral con la correspondiente indemnización expeditiva. Su función es arbitrar -con carácter obligatorio y previo a la demanda- en todo conflicto de derecho que involucre un reclamo individual o pluriindividual que tenga competencia en la justicia laboral provincial.
Se convoca a concurso público de antecedentes y oposición a todos aquellos abogados que estén interesados en postular a la función de «CONCILIADOR LABORAL PARA LOS DEPARTAMENTOS DE TUNUYÁN, GENERAL ALVEAR Y MALARGÜE» de la provincia de Mendoza. (Ley provincial 8.990, Decreto Reglamentario 2269/17, Resolución 04/17 y concordantes).
En el marco de la creación del Registro Provincial de Conciliadores Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, el Conciliador designado por sorteo electrónico entenderá en los reclamos interpuestos ante la Oficina de Conciliación Laboral Obligatoria.
Pueden postular todas aquellas personas que posean título de abogado con conocimiento acreditado en materia del derecho del trabajo, con experiencia de más de tres (3) años en el ejercicio de la matrícula (Art. 7 Ley 8.990 y cc).
La documentación requerida según el art. 10 Resol. Nº 4/17 y cc es:
-Constancia de matriculación con antigüedad de tres (3) años como mínimo y de domicilio legal, expedidas por el Colegio de Abogados y Procuradores de la circunscripción correspondiente.
– Informe expedido por el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados y Procuradores de la circunscripción correspondiente, sobre las sanciones disciplinarias.
– Declaración jurada firmada, donde consigne: Nombre y apellido del postulante, número de Documento de identidad, exprese poseer domicilio real y legal en el Departamento para el que concursa, denuncie Número de Matrícula y Correo Electrónico donde serán válidas todas las notificaciones. Teléfonos de contacto.
Como así también enumere y detalle los antecedentes y documentación respaldatoria que acompaña.
– DNI (frente y dorso).
– Constancia de Voto de las últimas elecciones o constancia de no infractor.
– Constancia de Condición Fiscal de AFIP.
La documentación deberá ser adjuntada en el formulario web de inscripción en formato pdf.